Plan fiscal de 2.000 millones para intervenir la vivienda

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El Congreso de los Diputados somete hoy a votación la convalidación de un ambicioso paquete normativo que, a través de dos reales decretos, busca transformar el mercado del arrendamiento de vivienda mediante incentivos y penalizaciones tributarias. Según la memoria de las normas publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el impacto estimado de estas medidas sobre las arcas públicas asciende a 2.000 millones de euros, afectando de forma directa a cinco impuestos diferentes.

Ajustes en el IRPF para caseros e inquilinos

La nueva regulación vincula las reducciones fiscales de los propietarios a la evolución de los precios. Para los arrendadores que no tengan la condición de gran tenedor, la deducción sobre el rendimiento neto del alquiler podrá oscilar entre el 70% y el 100% en la declaración de la Renta, siempre que apliquen una rebaja mínima del 5% respecto al contrato anterior de la misma vivienda. Por el contrario, se incrementan las imputaciones de renta por mantener inmuebles sin uso, lo que afectará tanto a segundas residencias como a viviendas heredadas.

En cuanto a los arrendatarios, el decreto introduce una deducción del 10% en la declaración anual del IRPF para quienes utilicen el inmueble como vivienda habitual. Para acceder a este beneficio, el límite de ingresos anuales del inquilino no podrá superar los 33.007,20 euros. Asimismo, se establece una exención total en el IRPF por las ganancias obtenidas en la venta de inmuebles al Estado para su incorporación al parque público, siempre que el precio de venta sea inferior a 200.000 euros, con una escala decreciente hasta un tope de 800.000 euros.

IVA para pisos turísticos y construcción protegida

El sector de los pisos turísticos afronta un cambio relevante en su fiscalidad con la aplicación de un tipo de IVA del 10%. Esta medida, enfocada a equiparar su tributación con otras modalidades de alojamiento, permitirá a los gestores deducir el IVA soportado en gastos de suministros, mobiliario, reformas o gestión. En paralelo, el decreto incentiva las obras de renovación y reparación en viviendas de larga estancia, que verán reducido su IVA del 21% al 10%.

Para fomentar la oferta de vivienda protegida, se contempla un tipo superreducido del 4% de IVA en la construcción de inmuebles sujetos a calificación permanente o indefinida. Esta medida se aplicará a la primera entrega de las viviendas y podrá incluir hasta un máximo de dos plazas de garaje por unidad habitacional.

Recargos en el IBI y cambios para las Socimis

La presión sobre las viviendas desocupadas se traslada también al ámbito municipal. Los ayuntamientos contarán con la potestad de imponer recargos voluntarios de hasta el 150% en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) para aquellas fincas que permanezcan vacías durante más de dos años sin una causa que lo justifique. Además, el método objetivo de la plusvalía municipal actualizará sus coeficientes máximos hasta el 0,30 a partir del 1 de diciembre de 2026.

En el ámbito societario, las Socimis con inversión residencial verán incrementado su gravamen sobre los beneficios no distribuidos, que pasará del 15% al 25%. No obstante, estas sociedades podrán reducir este impuesto hasta el 100% si destinan al menos el 80% de su cartera al alquiler asequible y reinvierten las ganancias obtenidas en un plazo de tres años.

Compensaciones estatales por suspensión de lanzamientos

El plan normativo incluye la extensión de la protección frente a desahucios hasta el año 2030 para inquilinos en situación de vulnerabilidad. En los casos donde el propietario no sea un fondo de inversión y los tribunales no logren que las comunidades autónomas faciliten una alternativa habitacional, el Estado asumirá el coste de compensar a los dueños de los inmuebles por las rentas no percibidas y el pago de suministros. Aunque la gestión inicial recaerá en las administraciones regionales, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana deberá coordinar con Hacienda el método de transferencia de estos fondos.