Trabajo endurece el control de despidos a mayores de 50

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El Ministerio de Trabajo ultima una reforma normativa destinada a estrechar el cerco sobre las empresas con beneficios que realicen despidos de empleados mayores de 50 años. A través de un proyecto de real decreto, el departamento dirigido por Yolanda Díaz obligará a las compañías a justificar de manera detallada cada salida ante el Servicio Público de Empleo Estatal. El objetivo principal es garantizar el cumplimiento de la denominada enmienda Telefónica y evitar que las organizaciones saneadas trasladen al sistema público el coste de la reestructuración de sus plantillas más veteranas.

Fiscalización directa de las salidas de trabajadores sénior

La nueva regulación modifica el procedimiento de aportación económica al Tesoro Público exigida a las empresas de más de 100 trabajadores que, obteniendo beneficios, lleven a cabo despidos colectivos. Hasta ahora, el mecanismo buscaba que las compañías reembolsaran íntegramente al Estado el gasto derivado de las prestaciones, subsidios por desempleo y cotizaciones a la Seguridad Social de los afectados de 50 o más años. Con el nuevo texto, el SEPE asume un papel central en la vigilancia, eliminando la intermediación de la Autoridad Laboral en la gestión de certificados.

Para evitar que las empresas eludan este pago mediante el pacto de salidas individuales fuera del marco de un despido colectivo oficial, el decreto impone la obligación de declarar todos los ceses ajenos a la voluntad del trabajador. Esto incluye las denominadas causas no inherentes, así como despidos objetivos, disciplinarios o extinciones por mutuo acuerdo que se produzcan en periodos cercanos a un expediente de regulación de empleo. De esta forma, el Ejecutivo pretende computar estas bajas en la liquidación final para que ninguna salida de un trabajador sénior quede exenta de la compensación económica correspondiente.

Sanciones por ocultación de despidos individuales

El incumplimiento de los plazos legales para remitir esta información detallada conllevará consecuencias severas. Si una empresa no facilita la certificación requerida, el organismo de empleo activará de forma automática la intervención de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Esta conducta se tipifica como una infracción muy grave, lo que puede derivar en multas administrativas que alcanzan los 225.000 euros. Además de la sanción, la compañía deberá abonar la aportación económica pertinente al Tesoro.

Asimismo, el decreto establece que las empresas que aleguen causas imputables al trabajador para justificar un despido, o aquellas que defiendan la existencia de planes de recolocación efectivos para reducir su factura, deberán aportar una justificación documental exhaustiva. En caso contrario, perderán el derecho a cualquier tipo de deducción aplicable en la liquidación de la aportación económica.

Flexibilidad en el acceso al pago único para emprendedores

Más allá del control de los despidos, el proyecto normativo incluye mejoras en la gestión de las ayudas al autoempleo. Una de las novedades más destacadas es la posibilidad de que los trabajadores accedan al pago único de la prestación por desempleo para iniciar una actividad por cuenta propia, incluso si mantienen un litigio judicial abierto con su anterior empleador. Esta medida busca fomentar el emprendimiento sin que los procesos judiciales bloqueen la liquidez necesaria para poner en marcha un negocio.

No obstante, se establece una excepción para los casos en los que la demanda solicite la nulidad del despido y la readmisión obligatoria del trabajador. En estas circunstancias, la solicitud del cobro total del paro quedará suspendida hasta que exista una sentencia firme, dado que el reingreso en la empresa sería incompatible con el cobro de la ayuda. Por último, la norma introduce mejoras técnicas, como la prohibición de que la pensión de alimentos reduzca la cuantía del subsidio para los padres custodios y la obligación de la Administración de reembolsar con intereses de demora los ingresos percibidos indebidamente por error administrativo.